Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿ Quién está obligado a auditar su empresa ?

Las sociedades o entidades están obligadas a realizar auditoría de cuentas en los siguientes casos:

  • Aquellas sociedades mercantiles y cooperativas que superen, durante dos ejercicios consecutivos dos de las tres condiciones:
  • * Activo igual o superior a 2.373.998 euros
    * Cifra de negocios igual o superior a 4.747.996 euros
    * Número de trabajadores superior a 50
  • Las sociedades que coticen en Bolsa.
  • Las sociedades que se dediquen de forma habitual a la intermediación financiera.
  • Las sociedades que tengan por objeto social actividades sujetas a la Ley de Ordenación del Seguro Privado.
  • Las sociedades que reciban subvenciones, ayudas o realicen obras, prestaciones, servicios o suministren bienes a organismos públicos, si éstos lo requieren.
  • Cuando lo requieran socios que representen como mínimo el 5% del capital social, y siempre que no hayan transcurrido tres meses del cierre del ejercicio.
  • Por un tercero a causa de un interés legítimo.
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